Decreto 5654 elimina descuentos automáticos y establece nuevos límites salariales

El Decreto Supremo 5654 establece nuevas reglas para los descuentos por planilla en entidades públicas del nivel central del Estado y modifica las condiciones aplicadas a las rentas de jubilados del Sistema de Reparto. La norma elimina cobros no autorizados y determina los únicos conceptos que podrán descontarse de manera directa de salarios y rentas.

Nueva normativa limita descuentos en planillas

La disposición aprobada por el Gobierno busca proteger los ingresos de trabajadores públicos y jubilados, evitando descuentos considerados discrecionales o sin autorización expresa. Con la aplicación del Decreto Supremo 5654, las instituciones públicas deberán retirar de sus planillas cualquier cobro que no se encuentre dentro de las causales establecidas por la normativa.

Eliminan aportes automáticos y descuentos no autorizados

Entre los cobros que dejarán de aplicarse mediante descuento directo figuran las retenciones indirectas sin respaldo normativo, cuotas destinadas a partidos políticos o agrupaciones y aportes sindicales obligatorios o automáticos. La norma aclara que no elimina el derecho a la organización sindical ni los aportes voluntarios, pero establece que estos dependerán de la decisión expresa de cada trabajador.

Solo cinco conceptos podrán descontarse a servidores públicos

El Decreto 5654 establece que las entidades públicas únicamente podrán aplicar descuentos por seguridad social de largo plazo, faltas, atrasos y sanciones administrativas, Régimen Complementario del Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), retenciones judiciales por asistencia familiar y recuperación de recursos a favor del Estado por cobros indebidos. En el caso de los jubilados del Sistema de Reparto, las deducciones estarán limitadas a seguridad social de corto plazo, retenciones judiciales, recuperación de recursos estatales y descuentos establecidos mediante convenios con entidades públicas.

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