Certificados de sufragio de primera y segunda vuelta serán requisito para trámites

El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) informó mediante un instructivo que los certificados de sufragio de la primera y segunda vuelta de las elecciones generales serán obligatorios para la realización de trámites en el país.

Validez del certificado de la primera vuelta

El certificado emitido en la primera vuelta, realizada el 17 de agosto de 2025, tendrá validez hasta el 15 de noviembre de este año. Durante este periodo será exigido para distintos trámites administrativos.

Vigencia del certificado de la segunda vuelta

Por su parte, el certificado de sufragio que se entregará en la segunda vuelta, prevista para el 19 de octubre de 2025, se podrá utilizar hasta el 17 de enero de 2026 como requisito habilitante en instituciones públicas y privadas.

Requisito obligatorio

El instructivo del OEP recuerda que estos documentos son de carácter obligatorio y que la presentación de ambos certificados garantiza el cumplimiento del deber ciudadano del voto.

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