El Decreto Supremo 5716 establece un precio inicial de Bs 17,95 por litro de diésel, incluido el IVA, y dispone un nuevo mecanismo de cálculo vinculado a referencias del mercado internacional, con una banda de ajuste de ±5%.
Precio inicial será de Bs 17,95
A partir de la vigencia del Decreto Supremo 5716, el precio final regulado del diésel oil para el consumidor queda establecido en Bs 17,95 por litro, monto que incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esta disposición reemplaza el anterior esquema de precio fijo.
El cálculo tomará referencias internacionales
El nuevo mecanismo se basa en el Precio de Paridad de Importación (PPI), que considera el costo del combustible importado y otros componentes como transporte, almacenamiento, inspección, costos financieros, tributos aduaneros y gastos logísticos.
Para establecer el precio referencial se utilizará la cotización internacional del diésel ULSD publicada por Argus Media. El cálculo expresado en dólares será convertido a bolivianos utilizando el tipo de cambio oficial del Banco Central de Bolivia.
¿Cuándo podrá subir o bajar?
El ente regulador realizará el cálculo del Precio Referencial durante los días hábiles. Si la variación se mantiene dentro de una banda de entre -5% y +5%, el precio referencial vigente permanecerá sin cambios.
Cuando la variación supere el +5%, se activará un ajuste al alza. En cambio, si cae por debajo del -5%, corresponderá un ajuste a la baja. De esta manera, el mecanismo contempla tanto incrementos como reducciones.
El ajuste requiere reglamentación
El Decreto Supremo 5716 establece que el Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá emitir la reglamentación necesaria para la aplicación de la banda de ajuste en un plazo de hasta cinco días hábiles.
Por ello, el precio inicial de Bs 17,95 ya está establecido, mientras que la aplicación del mecanismo para futuras modificaciones dependerá de la publicación de dicha reglamentación.
También contempla medidas para importaciones
La nueva norma abroga disposiciones anteriores y amplía hasta el 30 de abril de 2030 el incentivo tributario para la importación de vehículos Flex Fuel o que utilicen alcohol hidratado.
Asimismo, establece un arancel del 0% hasta el 31 de diciembre de 2027 para determinadas importaciones de gasolinas.
Dato: El mecanismo toma como referencia precios internacionales publicados por Argus Media.

