El Gobierno promulgó el Decreto Supremo 5747, que obliga a los exportadores de oro a demostrar el ingreso de al menos el 80% del valor computable de sus exportaciones anteriores al sistema financiero nacional como requisito para obtener una nueva licencia de exportación.
Establecen requisito para nuevas exportaciones
El vocero oficial de la Presidencia, José Luis Gálvez, informó que la nueva disposición busca garantizar que una parte mayor de las divisas generadas por la venta de oro en el exterior ingrese al sistema financiero boliviano.
Según explicó, los exportadores deberán acreditar que al menos el 80% del valor computable de sus exportaciones anteriores fue incorporado al sistema financiero nacional para acceder a una nueva autorización de exportación.
Buscan aumentar la disponibilidad de dólares
Gálvez señaló que la medida pretende fortalecer la disponibilidad de divisas en el país y facilitar el acceso a dólares a través de las entidades financieras.
La autoridad también destacó que la normativa busca mejorar la transparencia y el control de las exportaciones de oro.
Decreto fue publicado en la Gaceta Oficial
El Decreto Supremo 5747 fue aprobado en gabinete ministerial y publicado en la Gaceta Oficial el 13 de octubre de 2026, junto con los decretos supremos 5746, 5749 y 5750.
El Gobierno sostiene que la nueva disposición permitirá que las exportaciones de oro contribuyan a incrementar el ingreso de divisas al sistema financiero nacional.
Dato: La norma fue publicada en la Gaceta Oficial el 13 de octubre de 2026.

