El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Rodrigo Paz Pereira, declaró la Emergencia Energética y Social mediante el Decreto Supremo 5517, aprobado esta semana en La Paz, como una medida excepcional para enfrentar la escasez de combustibles, el proceso inflacionario y la falta de dólares, autorizando acciones inmediatas para garantizar el abastecimiento de energía y reactivar la economía en todo el territorio nacional por el lapso de un año.
Alcance de la declaratoria de emergencia
La declaratoria de Emergencia Energética y Social rige en todo el territorio nacional por un periodo de un año, tiempo durante el cual se aplicarán disposiciones excepcionales destinadas a asegurar el abastecimiento de combustibles y energía, además de contribuir a la estabilidad económica y social del país. Según el decreto, estas medidas buscan preservar la calidad de vida de la población y evitar mayores afectaciones a la actividad productiva.
Importación privada de combustibles
El Decreto Supremo 5517 autoriza a personas naturales y jurídicas privadas a importar, vender y comercializar combustibles, siempre que lo hagan a Precio de Importación y/o Pre-Terminal y cuenten con capacidad de almacenaje propia o alquilada. Esta disposición se enzeta en el principio de libre acceso no discriminatorio a la infraestructura de hidrocarburos, con el fin de ampliar la oferta y reducir los riesgos de desabastecimiento.
Suspensión temporal del control al diésel
Ante el déficit extremo de abastecimiento, el Gobierno dispuso la suspensión temporal del diésel de la lista de sustancias controladas, eliminando por un año la exigencia de Autorización Previa ante la Dirección General de Sustancias Controladas. La medida apunta a garantizar el suministro oportuno para el transporte, la producción, la agroindustria y otros sectores estratégicos de la economía nacional.
Adecuación de procedimientos institucionales
La norma instruye a la Aduana Nacional, la Agencia Nacional de Hidrocarburos y otras instituciones competentes a adecuar sus procedimientos internos, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la publicación del decreto. Asimismo, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá reglamentar el libre acceso a la infraestructura del sector en un plazo de hasta quince días hábiles.
Antecedentes del Decreto Supremo 5517
Desde el Ejecutivo se aclaró que varias de estas disposiciones estaban incluidas en el abrogado Decreto Supremo 5503, eliminado tras críticas de distintos sectores sociales que calificaron algunos artículos como inconstitucionales, dando paso a una nueva normativa que, según el Gobierno, busca estabilidad y certidumbre en medio de la crisis energética y social.


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