Etiqueta: Jubilados

  • Decreto 5654 modifica los descuentos y aportes voluntarios de jubilados y servidores públicos

    Decreto 5654 modifica los descuentos y aportes voluntarios de jubilados y servidores públicos

    El Gobierno promulgó el Decreto Supremo 5654, que establece nuevas reglas para los descuentos por planilla en las entidades públicas del nivel central del Estado. La norma modifica el mecanismo de aportes voluntarios y limita los descuentos que podrán aplicarse a las rentas de los jubilados del Sistema de Reparto.

    Aportes voluntarios requerirán autorización bancaria

    Uno de los principales cambios establece que los aportes voluntarios ya no serán descontados automáticamente por planilla. A partir de la vigencia del decreto, tanto servidores públicos como jubilados del Sistema de Reparto deberán autorizar de manera expresa el débito desde sus cuentas bancarias.

    La disposición señala que esta autorización deberá ser individual, verificable y revocable, permitiendo que cada persona decida si mantiene o suspende el aporte voluntario.

    Nuevas reglas para los jubilados

    El Decreto 5654 determina que las rentas de los jubilados administradas por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) solo podrán ser objeto de descuentos por cuatro conceptos específicos: convenios con entidades públicas del nivel central, recuperación de recursos por cobros indebidos, retenciones judiciales por asistencia familiar y aportes a la Seguridad Social de Corto Plazo.

    Con esta medida, cualquier otro descuento que no esté contemplado en la normativa deberá ser eliminado de las rentas de los beneficiarios.

    También se regulan los descuentos a servidores públicos

    Para los trabajadores del nivel central del Estado, los descuentos por planilla quedarán limitados a recuperaciones de recursos públicos por cobros indebidos, retenciones judiciales por asistencia familiar, RC-IVA, faltas o sanciones administrativas y aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo.

    Además, el decreto instruye a las entidades públicas dejar sin efecto cualquier descuento que no se encuentre expresamente autorizado por la nueva normativa. La disposición también permite que gobernaciones y alcaldías adopten medidas similares dentro de sus competencias, aunque excluye a las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana.

    Dato: El Decreto Supremo 5654 abroga siete normas emitidas entre 1995 y 2009 y modifica parcialmente otras dos, con el objetivo de actualizar el régimen de descuentos por planilla en el sector público.

  • Gobierno limita los descuentos por planilla a servidores públicos y jubilados

    Gobierno limita los descuentos por planilla a servidores públicos y jubilados

    El Decreto Supremo 5654 establece que las entidades públicas solo podrán aplicar retenciones por cinco conceptos específicos en sueldos y rentas.

    Aprueban nueva normativa

    El Gobierno nacional aprobó el Decreto Supremo 5654, que regula la aplicación de descuentos, contribuciones y retenciones por planilla a servidores públicos del nivel central del Estado y a jubilados del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir).

    La norma busca unificar los criterios para la aplicación de descuentos en salarios y rentas.

    Cinco descuentos autorizados

    El decreto establece que las entidades públicas solo podrán realizar descuentos por seguridad social de largo plazo, faltas o sanciones administrativas, RC-IVA, asistencia familiar ordenada por la Justicia y recuperación de recursos a favor del Estado por cobros indebidos.

    Además, dispone que cualquier otro descuento por planilla deberá quedar sin efecto.

    Define excepciones

    La normativa también permite que las entidades territoriales autónomas eliminen descuentos no contemplados en el decreto.

    Asimismo, excluye de su aplicación a las Fuerzas Armadas y a la Policía Boliviana.

    Dato: El decreto autoriza que servidores públicos y jubilados realicen aportes voluntarios mediante débito bancario, siempre que exista una autorización expresa y revocable.

  • Presidente Paz dispone incremento del 18,12% a la renta de jubilados del Senasir

    Presidente Paz dispone incremento del 18,12% a la renta de jubilados del Senasir

    El Presidente Rodrigo Paz Pereira dispuso un incremento del 18,12% en las rentas de los jubilados del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir) para la gestión 2026, medida establecida mediante Decreto Supremo y anunciada este lunes 3 de marzo en la ciudad de La Paz.

    Alcance del decreto supremo

    El Decreto Supremo 5561 aprueba el incremento anual y su distribución inversamente proporcional para las rentas en curso de pago del Sistema de Reparto, administrado por el Senasir. La norma establece que el ajuste es aplicable exclusivamente a la gestión 2026.

    Cálculo basado en la UFV

    El porcentaje de aumento responde a la variación anual de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), calculada entre el 31 de diciembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, mecanismo que permite preservar el poder adquisitivo de las rentas.

    Beneficiarios y pago retroactivo

    La medida beneficiará a más de 68.000 rentistas y derechohabientes del sistema antiguo en todo el país. Los pagos con el incremento incorporado se realizarán a partir de abril, junto con los retroactivos correspondientes a enero y febrero, ya que el decreto tiene carácter retroactivo.

    Sistema de reparto y nueva administración

    El Senasir agrupa a los aportantes hasta abril de 1997, antes de la vigencia del sistema de AFP. Desde 2025, la administración de estos recursos está a cargo de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, entidad responsable de la gestión de las rentas del sistema antiguo.