El ministro de Defensa, Ernesto Justiniano, señaló que el derecho a marchar, protestar y reunirse está garantizado, pero que durante el estado de excepción no se permite bloquear carreteras, impedir el libre tránsito ni afectar infraestructura crítica.
Despliegue preventivo en Yapacaní
La declaración se dio tras el despliegue preventivo de efectivos de las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana hacia Yapacaní, ante la convocatoria de sectores interculturales y productores para instalar un bloqueo en la carretera Santa Cruz-Cochabamba, en rechazo al Decreto Supremo 5676. Justiniano explicó que la medida busca prevenir el bloqueo y evitar posibles enfrentamientos.
Estado de excepción y diálogo
El estado de excepción fue declarado mediante el Decreto Supremo 5636 del 20 de junio de 2026 por un periodo de 90 días, debido a una situación de “conmoción interna”, y posteriormente fue aprobado por la Asamblea Legislativa. El Gobierno también aseguró que mantiene abierta la vía del diálogo con los productores para atender sus demandas y mejorar el abastecimiento.
Dato: El artículo 137 de la Constitución Política del Estado establece que el estado de excepción no permite suspender los derechos fundamentales ni determinadas garantías constitucionales.

