El Estado de excepción declarado por el Gobierno de Rodrigo Paz el 20 de junio mediante el Decreto Supremo 5636 tiene vigencia hasta este viernes 18 de septiembre y su eventual ampliación requiere, según la Ley 1740 de Regulación de Estados de Excepción, la autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional mediante mayoría absoluta de los miembros presentes.
La medida vence el 18 de septiembre
El Gobierno anunció que prepara un nuevo decreto para ampliar el Estado de excepción, inicialmente declarado en junio bajo el argumento de una situación de conmoción interna provocada por bloqueos, hechos de violencia y afectaciones al abastecimiento de combustibles, alimentos y medicamentos, además de la paralización de actividades esenciales. El ministro de Gobierno, Marco Antonio Oviedo, confirmó que se trabaja en la continuidad de la medida ante posibles nuevas movilizaciones.
La Asamblea tiene la decisión
El artículo 10 de la Ley 1740 establece que el Órgano Ejecutivo puede determinar una vigencia de hasta 90 días, de acuerdo con las circunstancias que motiven la declaratoria. Sin embargo, la norma señala que, de manera excepcional, este plazo puede ampliarse únicamente con autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante el voto de la mayoría absoluta de sus miembros presentes. Por ello, una eventual prórroga deberá pasar por el Legislativo.
¿En qué casos puede declararse?
La normativa establece que el Presidente puede declarar un Estado de excepción cuando exista peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastre natural. En el caso de junio, el Gobierno justificó la medida por una presunta alteración grave de la seguridad pública y una insuficiencia operativa para enfrentar los conflictos sociales. Ahora, la posible ampliación se plantea en medio de advertencias de nuevas movilizaciones de sectores productivos, transportistas y gremiales, vinculadas principalmente al suministro de combustibles y la fluctuación del dólar.

