El presidente Luis Arce promulgó la Ley Corta Excepcional y Transitoria para Garantizar el Abastecimiento de Diésel y Gasolina, que autoriza importaciones directas en situaciones de emergencia para aliviar la crisis de suministro en el país.
Promulgación y objetivo
La norma busca enfrentar la escasez que ha generado largas filas en los surtidores y permitirá que personas naturales o jurídicas privadas importen combustibles para comercialización interna. El Comité pro Santa Cruz, impulsor de la ley, celebró la medida y criticó la gestión de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) por no cumplir su rol constitucional de abastecimiento.
Autorización temporal
La ley establece que la importación directa será “excepcional” y válida por tres meses, con estaciones de servicio autorizadas a comercializar hasta 19.900 litros de diésel importado en régimen de libre competencia. Además, se permite importar combustibles si YPFB no entrega el 100% de su cupo o capacidad de tanques.
Procedimiento y licencias
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) otorgará la Licencia Excepcional de Importación y Despacho Directo (LEIDD) vía ventanilla digital única en un plazo máximo de 48 horas hábiles. Los importadores deberán contar con equipamiento que diferencie los combustibles subvencionados de los importados y podrán importar sin pagar IT ni IVA.
Distribución y sanciones
Se habilita el despacho directo desde puertos internacionales y cruces fronterizos a camiones cisterna privados hacia estaciones o centros de distribución autorizados. Se aplicarán multas equivalentes al valor del cargamento, suspensión de licencias y denuncias penales por acaparamiento, venta en lugares no autorizados, desvío, adulteración o especulación superior al 10% del precio declarado.
/ajas/


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