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  • Certificado de exención: plazo y multa para quienes no votaron en el balotaje

    Certificado de exención: plazo y multa para quienes no votaron en el balotaje

    Los ciudadanos que no participaron en la segunda vuelta presidencial tienen 30 días para tramitar el certificado de exención y evitar una multa de Bs 550.

    Plazo para tramitar el certificado

    El Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz atiende a los ciudadanos para la gestión del certificado de impedimento hasta el 18 de noviembre, en horario continuo de 8:30 a 16:30 horas. Este documento permite justificar la ausencia en la votación y evitar sanciones.

    Requisitos para obtener el certificado

    Para tramitar el certificado, los ciudadanos deben presentar una fotocopia de su cédula de identidad y un documento que justifique su inasistencia. Entre los aceptados están certificados médicos, constancias laborales y pasajes de viaje.

    Multa por inasistencia

    De acuerdo con la normativa electoral, la falta de participación sin justificación implica una multa equivalente al 20% del salario mínimo nacional, aproximadamente Bs 550. Además, no contar con el certificado puede restringir la realización de trámites en bancos e instituciones públicas.

    Opción virtual

    El Tribunal Electoral habilitó la plataforma virtual impedimentos.oep.org.bo, donde los ciudadanos pueden subir su documentación y gestionar el certificado sin acudir presencialmente, agilizando el trámite y evitando largas filas.

    /ajas/