La Asociación Nacional de la Prensa (ANP) exhortó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a desvirtuar la recomendación del SIFDE de sancionar a cuatro medios de comunicación por publicar columnas de opinión entre el 15 y 17 de agosto.
La denuncia de la ANP
La ANP advirtió que el pedido de sanciones emitido por el Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE) vulnera la Constitución Política del Estado (CPE) y la libertad de expresión. Recordó que las columnas publicadas por Correo del Sur, El Diario de La Paz, Urgentebo y Brújula Digital no constituyen propaganda electoral.
Argumentos de defensa
Según la ANP, los textos de los columnistas Carlos Valverde, Augusto Vera y Manuel Morales responden a opiniones periodísticas amparadas en el artículo 106 de la CPE, que garantiza el derecho de expresión, información y libre difusión de ideas sin censura previa.
Normativa internacional y nacional
El comunicado recuerda que tanto la Convención Americana sobre Derechos Humanos como la Declaración de Principios de la CIDH, la Ley de Imprenta y la propia CPE prohíben la censura previa. Por lo tanto, considera que las disposiciones de la Ley Electoral de 2010 en este aspecto entran en conflicto con normas de mayor jerarquía.
Crítica al informe del SIFDE
La ANP sostuvo que el informe del SIFDE no coincide con la política de transparencia que el propio TSE ha promovido, citando como ejemplo el instructivo que prohibió el uso de celulares con cámara dentro de los recintos de votación tras denuncias de cohecho electoral.
Llamado al TSE
Finalmente, la ANP pidió al TSE rectificar las actuaciones que atenten contra los estándares internacionales y los derechos constitucionales, con el objetivo de fortalecer la democracia y garantizar el ejercicio pleno de la libertad de prensa en el país.
/ajas/
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