El Gobierno promulgó el Decreto Supremo 5548 que autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y a refinerías a importar petróleo crudo de manera excepcional para producir combustibles destinados al mercado interno, medida anunciada este 22 de febrero por el ministro de Hidrocarburos y Energías, Mauricio Medinaceli, en Bolivia.
Alcance del decreto
La norma habilita a YPFB a suscribir contratos con refinerías para la importación de crudo, cuyos volúmenes serán definidos por el Comité de Producción y Demanda (PRODE) según la demanda interna y la capacidad de transporte y refinación. Las refinerías deberán comercializar los combustibles priorizando el abastecimiento del mercado nacional.
Más producción y menor costo
Según Medinaceli, importar petróleo resulta más económico que adquirir gasolina o diésel en el mercado externo. Con esta medida, además de gasolina y diésel, se podrá producir mayores volúmenes de GLP, jet fuel, asfaltos y aceites, reduciendo la capacidad ociosa de las plantas e impulsando el crecimiento del PIB industrial.
Sin subvención y con control tributario
El decreto establece que los derivados del crudo importado no contarán con subvención estatal y que los precios continuarán bajo el régimen vigente. Asimismo, fija una alícuota del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) de cero bolivianos por litro durante un año para facilitar el abastecimiento.
Supervisión y recursos
La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) deberá reportar mensualmente al Servicio de Impuestos Nacionales los volúmenes producidos, diferenciando entre producción nacional e importada. La norma también señala que su aplicación no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación.


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