El Tribunal Supremo Electoral (TSE) autorizó que en las elecciones generales del 17 de agosto se pueda votar con la cédula de identidad vencida hasta por un año, con el objetivo de garantizar la mayor participación ciudadana, informó el vocal electoral Gustavo Ávila.
Cédula caduca y trámites exprés
Según Ávila, las personas con carnet extraviado o dañado podrán tramitarlo de forma rápida hasta un día antes de la votación, gracias a la atención especial del Servicio General de Identificación Personal (Segip). Sin embargo, quienes tengan el documento vencido podrán sufragar si este no supera un año de caducidad.
“Si el carnet está vencido, puede tener esa vigencia hasta un año atrás”, aclaró el vocal.
Único documento válido para votar
La cédula de identidad es el único documento aceptado para sufragar. Al llegar a la mesa de votación, el elector deberá entregarla al jurado, quien la retendrá mientras el ciudadano emite su voto. Al finalizar, se devolverá junto con el certificado de sufragio.
Preferencia y voto asistido
Los jurados electorales —máxima autoridad en cada mesa— decidirán la preferencia de voto para:
- Mujeres embarazadas
- Adultos mayores
- Personas con niños pequeños
Asimismo, se aplicará el voto asistido para personas con discapacidad y el uso de plantillas en braille para personas no videntes.
Transparencia en el proceso
El día de la votación, los jurados entregarán a los delegados políticos la lista de electores habilitados para controlar la participación y evitar el voto de ciudadanos no registrados. Ávila descartó que extranjeros estén habilitados en el padrón.
Certificado de impedimento
Quienes no puedan votar por estar fuera de su lugar de residencia tendrán 30 días para tramitar el certificado de impedimento de sufragio, presentando el pasaje o documento que justifique su ausencia.
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