Admiten acción popular que busca frenar las elecciones del 17 de agosto

La senadora Silvia Salame denunció que una Sala Constitucional del Beni admitió un recurso legal que plantea inhabilitar a candidatos con más de 10 años en cargos públicos, lo que podría frenar el proceso electoral.

Acción legal genera polémica en pleno proceso electoral

Una Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia del Beni admitió una acción popular que plantea suspender la habilitación de listas de candidatos rumbo a las elecciones generales del 17 de agosto. El recurso fue interpuesto por la ciudadana Marlene María Sierra Terán y será tratado en audiencia el próximo 21 de julio.

Senadora denuncia intento de sabotaje electoral

La senadora por Comunidad Ciudadana (CC), Silvia Salame, denunció públicamente que esta acción representa un nuevo intento de sabotaje al proceso electoral. Señaló además que la medida fue admitida en la sala del vocal Charles Mejía, lo cual —según ella— muestra una presunta complicidad con vocales “autoprorrogados”.

Inhabilitación por antigüedad en cargos públicos

El recurso solicita que se inhabilite a todos los candidatos que hayan ejercido cargos públicos por un periodo acumulado de 10 años, específicamente a quienes fueron elegidos por voto popular durante dos gestiones consecutivas. Esta condición afectaría a una gran cantidad de postulantes de diversos frentes políticos.

Compromiso institucional con el proceso electoral

Ante este nuevo escenario judicial, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) reiteraron su compromiso con la legalidad del proceso electoral. Ambas instituciones aseguraron que actuarán con celeridad para evitar cualquier intento de paralización del calendario electoral.

Preocupación por uso de la justicia en temas políticos

Organizaciones sociales y analistas advierten sobre el creciente uso de recursos judiciales para frenar el proceso democrático. La ciudadanía espera que las decisiones se tomen en el marco de la Constitución y sin vulnerar el derecho al voto ni la libre participación electoral.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *